C/ Micer Mascó, nº 42 – Despacho 6, 46010 Valencia · Tel.: 96 329 27 94
agromutua@agromutua.es
QUIÉNES SOMOS
AGROMUTUA, es una mutua especializada en el Seguro Agrario, con casi 30 años de experiencia en el sector, cuyo origen procede de la fusión de Mútua del Camp y Agromutua constituidas respectivamente, tras el acuerdo entre representantes de las Federaciones de Cooperativas y Organizaciones Agrarias de las Comunidades Autónomas Valenciana y Murciana.
Así nació AGROMUTUA, Nuestro seguro del Campo, manteniendo por su forma jurídica, todas las ventajas y derechos que ofrece una mútua:
• Entidad sin ánimo de lucro. Su finalidad no es la obtención de beneficios sino la calidad y el menor coste del servicio a sus asociados.
• Doble calidad de los socios. Al firmar la póliza se convierte en socio de la entidad, asumiendo el conjunto de derechos y obligaciones inherentes a todo asociado, y asegurado.
• No existe capital social. Lo que podría implicar la existencia de capitalistas dueños de la entidad.
• Igualdad entre los socios. Un socio, un voto.
• Se administra democráticamente. La mútua está dirigida y administrada por los propios asegurados.
El 1 de enero de 2016, Agromutua-MAVDA Sociedad Mutua de Seguros a Prima Fija cedió su negocio a una sociedad anónima de nueva creación, denominada AGROPELAYO SOCIEDAD DE SEGUROS, S.A., de la que también es socia la entidad Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija.
AGROPELAYO, tiene como objeto social el desarrollo de actividades de seguro y reaseguro, por ello, todos los productos se comercializarán a través de dicha sociedad www.agropelayo.com
Puedes consultar los informes pinchando en los siguientes enlaces:
Informe sobre la Situación Financiera y de Solvencia _Individual
Informe sobre la Situación Financiera y de Solvencia _Grupo Agromutua
Informe sobre la Situación Financiera y de Solvencia _Grupo Agromutua y individual 2017
ANUNCIO IMPORTANTE
AGROMUTUA-MAVDA, SOCIEDAD MUTUA DE SEGUROS A PRIMA FIJA
(Agromutua o Entidad cedente)
AGROPELAYO SOCIEDAD DE SEGUROS S.A.
(Agropelayo o Entidad cesionaria)
Informan de que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 100.2 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y demás normativa de aplicación, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con fecha 24 de septiembre de 2020 ha acordado la apertura del periodo de información pública, autorizando a las entidades cedente y cesionaria a la publicación de anuncios en diarios de información, así como en su sitio web, dando a conocer el proyecto de cesión general de cartera, y advirtiendo a los tomadores de su derecho a comunicar a la Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones, en el plazo de un mes desde la última publicación, las razones que, en su caso, pudieran tener para estar disconformes con la cesión.
Así, se informa que el 21 de julio 2020, la Asamblea General Ordinaria de Agromutua, y a su vez Agropelayo, el 30 de abril de 2020, igualmente en Junta General Extraordinaria, aprobaron el Convenio de cesión general de cartera, que tiene como objeto la cartera de pólizas de Agromutua que cubren, en coaseguro con Agropelayo, los riesgos del seguro agrario combinado de conformidad con el artículo 38 del Reglamento de Seguro Agrario Combinado aprobado por Real Decreto 2329/1979 de 14 de septiembre, y que quedan incluidos en el ramo 9, otros daños a los bienes, recogido en el anexo Ramos de Seguro incluido en la Ley 20/2015 de 14 de julio de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras. Esta cartera equivale a la participación del 0,05% en el cuadro de coaseguro del seguro agrario combinado gestionado por la entidad Agroseguro S.A., para cada uno de los grupos A+B y C.
Por tanto, se pone en conocimiento del público en general y de los tomadores de seguros en particular, que se va a proceder a la citada cesión general de cartera, advirtiendo a los tomadores de seguro de su derecho a comunicar a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, en el plazo de un mes desde la última publicación del presente, las razones que, en su caso, pudieran tener para estar disconformes con la reseñada cesión.
Valencia, a 14 octubre de 2020.- El Secretario del Consejo de Administración de Agropelayo Sociedad de Seguros S.A., D. Francisco Hernando Díaz-Ambrona y D. Eladio Aniorte Aparicio Secretario del Consejo de Administración de Agromutua-Mavda, Sociedad Mutua de Seguros a Prima Fija.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
El Consejo de Administración está constituido por 16 agricultores representantes de las Organizaciones Agrarias y Cooperativas de toda la geografía nacional. Personas que, sin descuidar la buena evolución de la Mutua, defienden en todo momento los intereses de sus mutualistas.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
• D. VICENTE ERNESTO MONZÓ LORENTE – PRESIDENTE
• D. PEDRO LENCINA LOZANO – VICEPRESIDENTE 1º
• AN. D. ALFREDO ARBELOA BAZTÁN- VICEPRESIDENTE 2º
• D. ÁLVARO NOGUÉS DIRANZO – VICEPRESIDENTE 3º
• D. ELADIO ANIORTE APARICIO – SECRETARIO
• D. FRANCISCO GIL DÍAZ – TESORERO
• D. ALEJANDRO MOLINA MOLLÁ – VOCAL
• D. RAMÓN AUGÉ GENÉ – VOCAL
• D. FRANCISCO CABALLERO PUIG – VOCAL
• D. IGNACIO HUERTAS DE LA PEÑA – VOCAL
• D. JESÚS TARÍN MANZANERA – VOCAL
• D. ROBERTO GARCÍA GONZÁLEZ – VOCAL
• D. VICENT MIQUEL OLTRA BENAVENT – VOCAL
• D.ENRIQUE GONZÁLEZ ARENES- VOCAL
• ASECA D. FRANCISCO JAVIER ROS CABAÑAS – VOCAL
ENLACES DE INTERÉS
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Entidad Estatal de Seguros Agrarios
Agroseguro
Instituto Nacional de Meteorología
Sigpac
Agropelayo
CONTACTO
SEDE
SOCIAL
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